Hola doctor_dj2
La normativa de la Junta de Andalucia esta recogida en
Reglamento Sanitario de Piscinas de Uso Colectivo, aprobado por
Decreto 23/1999, de 23 de febrero.
El mencionado reglameto solo es obligatorio para piscinas de uso colectivo,
no considerandose de uso colectivo y por tanto no les aplica la normativa, a las piscinas privadas de uso unifamiliar o plurifamiliar pertenecientes a comunidades de vecinos de menos de veinte viviendas.
O sea, que si sois menos de 20 vecinos, podeis hacer con vuestra piscina lo que os venga en gana. Lo decimos muchas veces en el foro, las piscinas privadas estan abandonadas a la manos de Dios
Pero es que si fuera de mas de veinte vecinos y le aplicara el reglamento, este tampoco demasiado exigente, y desde, luego, como en broma te decia, no legisla sobre tenis de mesa u otro tipo de juegos en el recinto de la piscina. Solamente interpreto que no deberá colocarse ningún tipo de objeto en la playa de piscina, que como minimo, debera medir un metro de ancho. No es que lo diga el reglamento "ex profeso", pero del precepto
“y estará libre de obstáculos que dificulten su correcta limpieza a fin de evitar riesgos para la salud de los usuarios†se puede deducir
Del resto del recinto, pues no dice nada, puede interptrarse que, descontando los vestuarios, aseos, sala de maquinas, etc es
zona de descanso y juegos. Literalmente dice
“y juegosâ€, o sea, de tenis de mesa, futbolines y todo lo que pueda servir de jolgorio al personal
Eso si, al recinto
no se puede entrar con ropa o calzado de calle, asi que veo a los contrincantes de pig-pong dandole a la pelota en bañador y sandalias
Si quieres leerlo en detalle, pon “normativa piscinas junta de andalucia†en el buscador y alli lo encuentras enterito.
Un saludo,